jueves, 14 de abril de 2011

Acerca de compañeros desasignados y el equipo de Asignaciones

Desde el Comité de Empresa hemos demandado la siguiente información a la Dirección de SADIEL:
  • Información con periodicidad quincenal sobre el número de trabajadores en estado desasignado así como sus nombres y apellidos, categoría profesional y antigüedad.
  • Qué significa estar desasignado.
  • Qué trabajo diario desempeña un trabajador en situación de desasignado así como cuáles son sus funciones.
  • Funcionamiento del Equipo de Asignaciones  y procedimiento que éste equipo adopta para reubicar en un proyecto a un trabajador desasignado.
  • Informe trimestral que contenga el número de trabajadores despedidos así como las acciones efectuadas por el equipo de Asignaciones con dichos trabajadores.
  • Política formativa empleada por el equipo de Asignaciones así como estrategias.

Os seguiremos informando. Un saludo.
COMITÉ DE EMPRESA

miércoles, 13 de abril de 2011

Sobre las horas de Semana Santa

Estimados compañeros:
En relación a la cuestión de la recuperación de horas en Semana Santa, como ya todos sabéis, este comité interpuso una demanda al considerar ilegal el cambio de criterio de la dirección de la empresa con respecto a años anteriores.

Últimamente nos han llegado dudas de compañeros sobre si se deben recuperar o no estas horas. Desde el comité hemos trasladado esta cuestión a nuestra asesora legal y la respuesta ha sido que mientras no haya sentencia que clarifique la situación se debe realizar la recuperación de horas tal y como ha ordenado la empresa.

Por otra parte, tanto esta demanda como otras, se están financiando con el dinero aportado por miembros del Comité de Empresa y algunos compañeros de forma desinteresada. Cada demanda asciende a un total de 1.200 €, y por el momento se han interpuesto dos demandas (una relativa a la absorción de los trienios y otra relativa a la recuperación de horas en Semana Santa y festivos). Para seguir haciendo frente a los costes económicos que derivan de estas acciones tomadas, y de las que nos beneficiaremos todos, hemos abierto una cuenta corriente en Banesto para todo aquel que quiera aportar en la medida de sus posibilidades.

El código de esta cuenta es:  0030-4531-92-0000423271

 COMITÉ DE EMPRESA

jueves, 7 de abril de 2011

Sobre el juicio de una compañera despedida y sobre la reunión en el SERCLA por la absorción de los trienios

Estimado compañero o compañera:

Esta mañana los compañeros del Comité de Empresa Lola García, Juan Madrid, Sacramento Moreno, Javier Gil, Carlos Blanco, Oliver Barragán y  Marcos Prado hemos acompañado a nuestra antigua compañera Clara Guerrero al juicio por su despido. Clara estaba contratada por obra y servicio y, tras quedar disponible y haber pasado por dos proyectos distintos (uno para la Consejería de Hacienda para el que fue contratada y otro para la Consejería de Empleo), fue despedida en Julio de 2010 por fin de obra. Clara denunció la improcedencia de su despido al estar su contrato en fraude de ley. Finalmente no se ha celebrado el juicio al haber un acuerdo previo entre las partes y en el que la Empresa reconoció la improcedencia del despido indemnizándola con una cantidad mayor que la inicialmente propuesta.

Por otro lado, en el día de hoy hemos tenido una reunión en el SERCLA para abordar el tema de la absorción y compensación de la antigüedad con el complemento de Salario. Hemos asistido los compañeros del Comité de Empresa Jesús Domínguez, David Blanco, Armando Cáceres, Javier Beca, Lola García, Juan Madrid, Sacramento Moreno, Javier Gil, Carlos Blanco, Oliver Barragán, Marcos Prado y Francisco Barjas, así como Jesús Belda y Juan Antonio Angulo que también acudían en representación de la Sección Sindical de UGT. Por parte de la Empresa ha acudido el abogado José María Toscano. 

Por parte del Comité de Empresa se ha expuesto que debe anularse dicha medida porque:

1. Anteriormente no se había efectuado esta medida.
2. El complemento de antigüedad es un complemento no absorbible.
3. Existen sentencias judiciales contrarias, de empresas del sector, a que se reduzca un complemento en la misma cuantía que se incrementa el trienio, que es lo que ha hecho la Dirección de la Empresa.

La respuesta dada por el Representante de la Dirección de la Empresa ha sido que "Que no se haya absorbido nunca el complemento de antigüedad no quiere decir que no se pueda hacer y absorber, que es lo que ha hecho la empresa este año".

Por consiguiente, no ha habido avenencia (como puedes comprobar en el acta del SERCLA que se te adjunta), por lo que este asunto pasa a la vía judicial.

COMITE DE EMPRESA

miércoles, 6 de abril de 2011