jueves, 7 de abril de 2011

Sobre el juicio de una compañera despedida y sobre la reunión en el SERCLA por la absorción de los trienios

Estimado compañero o compañera:

Esta mañana los compañeros del Comité de Empresa Lola García, Juan Madrid, Sacramento Moreno, Javier Gil, Carlos Blanco, Oliver Barragán y  Marcos Prado hemos acompañado a nuestra antigua compañera Clara Guerrero al juicio por su despido. Clara estaba contratada por obra y servicio y, tras quedar disponible y haber pasado por dos proyectos distintos (uno para la Consejería de Hacienda para el que fue contratada y otro para la Consejería de Empleo), fue despedida en Julio de 2010 por fin de obra. Clara denunció la improcedencia de su despido al estar su contrato en fraude de ley. Finalmente no se ha celebrado el juicio al haber un acuerdo previo entre las partes y en el que la Empresa reconoció la improcedencia del despido indemnizándola con una cantidad mayor que la inicialmente propuesta.

Por otro lado, en el día de hoy hemos tenido una reunión en el SERCLA para abordar el tema de la absorción y compensación de la antigüedad con el complemento de Salario. Hemos asistido los compañeros del Comité de Empresa Jesús Domínguez, David Blanco, Armando Cáceres, Javier Beca, Lola García, Juan Madrid, Sacramento Moreno, Javier Gil, Carlos Blanco, Oliver Barragán, Marcos Prado y Francisco Barjas, así como Jesús Belda y Juan Antonio Angulo que también acudían en representación de la Sección Sindical de UGT. Por parte de la Empresa ha acudido el abogado José María Toscano. 

Por parte del Comité de Empresa se ha expuesto que debe anularse dicha medida porque:

1. Anteriormente no se había efectuado esta medida.
2. El complemento de antigüedad es un complemento no absorbible.
3. Existen sentencias judiciales contrarias, de empresas del sector, a que se reduzca un complemento en la misma cuantía que se incrementa el trienio, que es lo que ha hecho la Dirección de la Empresa.

La respuesta dada por el Representante de la Dirección de la Empresa ha sido que "Que no se haya absorbido nunca el complemento de antigüedad no quiere decir que no se pueda hacer y absorber, que es lo que ha hecho la empresa este año".

Por consiguiente, no ha habido avenencia (como puedes comprobar en el acta del SERCLA que se te adjunta), por lo que este asunto pasa a la vía judicial.

COMITE DE EMPRESA

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