lunes, 11 de marzo de 2013

Visión del Comité sobre la reunión en el SERCLA


Estimado compañero o compañera:
Hoy, 7 de marzo de 2013, ha tenido lugar, en el Servicio Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales de Andalucía (SERCLA), un acto de conciliación-mediación como consecuencia de la denuncia interpuesta por el sindicato UGT contra la aplicación del artículo 34.2 realizada por la Dirección de Ayesa AT. Además de las partes demandante y demandada, han asistido, como parte interesada, en representación de los trabajadores, tres compañeros del Comité de empresa.
El posicionamiento de las partes ha sido claro:
Por parte del sindicato UGT, su abogado ha defendido vehementemente que estaban en el SERCLA con la voluntad de negociar la implantación de la aplicación de la distribución irregular del 10% de la jornada anual, salvando las aristas ilegales de la imposición de la Dirección de la Empresa. En este sentido, por parte del sindicato UGT estaban dispuestos a llegar a un acuerdo y renunciar a la demanda judicial si la Empresa sacaba a los trabajadores con reducción de jornada por guarda legal. También ha expresado en reiteradas ocasiones que los promotores de dicha Conciliación-Mediación era el sindicato UGT y que, consecuentemente, tenían capacidad para suscribir un acuerdo que quedaría abierto a todo aquél que quisiera sumarse; queriendo dejar claro a la empresa el papel secundario que para ellos debe jugar el Comité de Empresa.
Por parte de la Dirección de Ayesa Advanced Technologies, siendo D. Ramón Gil la voz de la Empresa, se ha negado en todo momento a entablar negociación alguna, remitiéndose al “proceso de negociación” mantenido a fines de enero y primeros de febrero. Proceso éste que no fue más que una pantomima - o teatrillo - realizada por la Empresa, como así queda acreditado en las actas, donde ésta lo único que pretendía – como así lo expresó el mismo Ramón Gil en las citadas reuniones – era que el Comité le firmara lo que ellos planteaban, dejando bien claro que para la Empresa negociación es sinónimo de sometimiento.  Así mismo, D. Ramón Gil ha preguntado en varias ocasiones – como mínimo 3 veces – que, si el promotor de dicha conciliación-mediación era UGT, por qué tenía que estar el Comité de Empresa allí presente. Toda la plantilla conoce las preferencias, sindicalmente hablando, de  D. Ramón Gil y que a éste le agrada muy poco el color del Comité de Empresa, como hoy nuevamente ha dejado acreditado. 
Por último, desde el Comité de Empresa se ha anunciado que nosotros también hemos interpuesto una denuncia al respecto y que estamos a la espera de la conciliación-mediación obligatoria, algo reconocido por el propio SERCLA. Desde el Comité hemos apoyado los argumentos esgrimidos por el abogado de UGT en lo concerniente a los compañeros con reducción de jornada por guarda legal, pero también hemos incidido en que el planteamiento de la Empresa viola la legislación en otros aspectos, como por ejemplo el respeto a los descansos semanales y diarios entre otras irregularidades, que la imposición de la Empresa no respeta, debiéndose eso también recoger en caso que hubiera voluntad real de un acuerdo. 
Nuevamente se ha visto la intransigencia de la Empresa, no moviéndose ni un milímetro de su posición inicial. Para la Empresa el diálogo y la negociación no tiene sentido y nunca ha estado en su ADN porque ella atiende únicamente a la fuerza y a la imposición, comportamiento éste alentado por unas leyes contrarias a los trabajadores realizadas por los partidos políticos que se alternan en el gobierno, muchas de ellas también con la rúbrica de las direcciones de CCOO y UGT.
Es momento de recordar, de tener memoria y de comprobar la coherencia. Y decimos esto porque los trabajadores no debemos olvidar nunca que el pasado día 29 de enero de 2012, el gobierno del Partido Popular, la CEOE, CEPYME, y los sindicatos UGT y CCOO firmaron el II Acuerdo por el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC), registrado en el BOE de 6 de febrero de 2012, por el que se traiciona por completo a los trabajadores de este país. En dicho Acuerdo - y sólo nos vamos a referir a aspectos de distribución irregular de la jornada -, tanto CCOO y UGT firman:
Las Organizaciones firmantes consideran que los convenios deberían incorporar la flexibilidad interna, particularmente la que opera en espacios temporales reducidos para hacer frente a la coyuntura, como una potente herramienta para facilitar la adaptación competitiva de las empresas, favoreciendo una mayor estabilidad en el empleo, así como la calidad del mismo (…) El contenido mínimo del convenio debiera fijar el cómputo anual de la jornada y su distribución irregular.
Se debiera considerar como principio general la distribución irregular de la jornada anual de trabajo a fin de evitar en lo posible las horas extraordinarias o la contratación temporal.
En este sentido, los convenios colectivos debieran facilitar que el empresario pudiera distribuir irregularmente un 10% de la jornada anual ordinaria aplicable, pudiendo afectar con ello a la jornada máxima semanal o mensual, aunque no a la máxima anual. Igualmente podrá afectar a los horarios diarios, sin perjuicio del respeto a los límites que al respecto se prevén en el Estatuto de los Trabajadores(…)De la misma forma, los convenios colectivos deberían posibilitar que el empresario disponga de una bolsa de cinco días (o 40 horas) al año que podrá alterar en la distribución prevista en el calendario anual. Esta referencia podrá ser modificada por los negociadores en más o en menos en función del ámbito de negociación.”.
¿Cómo se explica que UGT y CCOO firmen esto y después, ante los trabajadores, quieran dar otra cara a lo que han firmado? Queda claro que su único cometido es engañar y dividir a los trabajadores.
Sólo los trabajadores, unidos, organizados y movilizados podemos frenar todos los atropellos que cometen contra nosotros los empresarios y quienes les dan cobertura a sus desmanes, como son los partidos políticos y las direcciones de CCOO y UGT. El Empresario nunca va a negociar, ni tan siquiera a dialogar, con los trabajadores y sus representantes si éstos no construyen una fuerza superior a la del empresario. Y esta fuerza está en la unidad, la cohesión y la determinación a mantener la lucha, siendo la lucha el único camino para conquistar más altas cota de bienestar y mejores condiciones laborales para los trabajadores. Las cosas, y mucho menos los derechos laborales, no caen del cielo sino que se conquistan mediante la lucha. Como siempre decimos en las Asambleas: El Comité no es nada si los trabajadores no están en el lugar que les corresponde y son la fuerza motriz para la conquista de sus condiciones. 

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