Estimados compañeros:
Estamos todavía a la espera de que se dicte sentencia en el juicio –del que ya os ofrecimos cumplida información– celebrado el 13-07-2011, por el calendario laboral de 2011, por el que la dirección de la empresa exige la realización de 9 horas y 45 min. al personal de Sevilla.Os recordamos la obligatoriedad, mientras un juez no se pronuncie, de cumplir lo que informa nuestra intranet:
“Ajuste Calendario Laboral 2011. Debido a los días festivos que este año 2011 coinciden en jornada laboral, en el caso de Sevilla, existe un total de 9,75 horas efectivas de trabajo que deben ser recuperadas. Estas horas se realizarán durante los días 19 de septiembre al 20 de octubre, excepto por necesidad del cliente y/o proyecto. Dicha recuperación se realizará por unidad/es de hora/s completa/s de trabajo efectivo, no estando contemplada la fracción de la hora de trabajo, salvo los últimos cuarenta y cinco minutos hasta completar las 9,75 horas.”
Si la sentencia dictada resultara favorable, el Comité de Empresa luchará para que cada hora de más sea compensada con el carácter de extraordinaria equivalente a 1’75 horas (lo que supone un total de 16 horas y 30 minutos), tal y como se regula en el convenio que se nos aplica.
Os pedimos colaboración para que, en la medida de lo posible, hagáis llegar vuestras aportaciones a la cuenta corriente del Comité de Empresa 0030-4531-92-0000423271 para afrontar los costes de las demandas por conflicto colectivo interpuestas a la Dirección de la Empresa, que están siendo sufragadas por los miembros del Comité de Parato2 y por las contribuciones económicas de muchos compañeros que os habéis involucrado en la causa.
Ante cualquier duda o sugerencia, escribidnos a comitedesadiel@gmail.com
COMITÉ DE EMPRESA
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