lunes, 20 de septiembre de 2010

Los efectos de la Reforma Laboral (IV): Sobre sobre las indemnizaciones por despido


Estimado compañero o compañera.
Te adjuntamos el cuarto documento de análisis de la reforma laboral. En éste se describe su impacto sobre las indemnizaciones por despido y, en contraposición, sobre las bonificaciones que obtendrán las empresas.
Merece la pena leer el documento completo, del que extraemos a continuación algunas de sus conclusiones:
  • Con las medidas de la reforma sobre el despido por causas objetivas o sobre los nuevos contratos de fomento de la contratación indefinida, las indemnizaciones que recibirán los trabajadores en tales casos se reducirían drasticamente de modo que en el primer caso pasaría de 45 días por año trabajado a 20 días, y en el segundo de 45 días por año trabajado a 33 días.
  • La reforma laboral reduce a la mitad el plazo de preaviso del despido por causas objetivas. Esta reducción supone realmente una disminución de la indemnización para el trabajador y, con ello, del coste del despido para la empresa.
  • La indemnización por finalización de contrato temporal pasará de ser de 8 días por año de trabajo a 12 días. Pero según la reforma laboral la indemnización actual de 8 días se mantendrá hasta diciembre de 2011, y la de12 días no se aplicará realmente hasta enero de 2015. Con lo que esta medida que puede verse como una ventaja para el trabajador, se ha de considerar como una ventaja futura.
  • Con la reforma, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) también se utilizará para reducir aún más aún el coste del despido para las empresas que como hemos visto anteriormente ya queda reducido mediante otras medidas. Esta reducción será en una cantidad equivalente a ocho días de salario por año de servicio. Esta medida supone, por lo tanto, una financiación directa del despido por parte del Estado.
  • La reforma laboral contempla bonificaciones en la contratación para las empresas, medidas complementarias a la reducción de costes en los despidos.
¿Qué conclusión podemos obtener de estas modificaciones? La reforma laboral supone una amplia reducción en las indemnizaciones a los trabajadores por despido. Reducción que se traduce en la misma medida en disminución de costes para las empresas, que además se favorecen de la financiación del Estado (a través del Fondo de Garantía Salarial) de parte de dicho coste; medidas que se complementan con bonificaciones también para las empresas en las cuotas a la Seguridad Social.
La reducción generalizada del coste del despido no es una medida que se pueda entender dirigida a la reducción del desempleo ni de la temporalidad. Más bien, unida a una mayor facilidad para el despido, supondrá una mayor rotación de los trabajadores por las empresas, con indemnizaciones muy inferiores en cada despido y con pérdidas de derechos como el correspondiente a retribución por antigüedad.
Aparte de la intención de este comunicado, con este mensaje también queremos que haceros saber que ante la noticia que conocimos el pasado 17 de septiembre sobre la intención de la Junta de Andalucía y de Cajasol (accionistas de nuestra empresa en un 37,5% y 20% respectivamente) de vender sus acciones, hemos realizado hoy una petición de información al respecto a la empresa, pues consideramos que el cambio de propiedad de Sadiel afectaría tanto a la organización de la empresa como a los trabajadores. Esta petición la realizamos en virtud del artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores, que otorga al Comité el derecho a recibir información de este tipo.
Un saludo.
COMITÉ DE EMPRESA DE SADIEL

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