martes, 22 de marzo de 2011

Sobre la reunión de la Mesa de Negociación de 22 de marzo

Estimado compañero o compañera,
 En el día de hoy, 22 de marzo de 2011, hemos tenido una nueva reunión de la Mesa de Negociación del I Convenio en la que hemos dialogado de Salarios y de Garantías de Empleo.

SALARIOS

Con referencia a los salarios la Comisión Deliberadora del Comité de Empresa le ha reiterado a la Representación de la Dirección de Sadiel las propuestas salariales expresadas el pasado 2 de marzo incidiendo que para los trabajadores el indicador por el cual se deben revisar los salarios es el IPC, índice que mide la carestía de la vida.  Además solicita a la Representación de la Dirección de la empresa que:

-         Proporcione criterios / fórmulas / indicadores objetivos y concretos para evaluar su propuesta en materia salarial, de manera que se nos permita cuantificarla y valorarla.
-         Deje de plantear propuestas ambiguas y carentes de significado tangible e intente acercar posturas aportando claridad en sus propuestas.
-         Proporcione las tablas salariales e información salarial a la que tenemos derecho según requerimiento de Inspección de Trabajo.


Los representantes de la Dirección de la empresa han rechazado, nuevamente, las dos primeras solicitudes (la tercera continua sin efectuarse). Por otro lado, rechazan todas las propuestas planteadas desde el comité de Empresa  amparándose en la Crisis, en el Mercado e incluso en que “La Empresa no puede ni incrementar los salarios ni los costes” y que  En ninguna empresa del sector se han subido los salarios. Ante esto desde el Comité de Empresa nos preguntamos: ¿no se había dicho en Enero que las subidas salariales estaban supeditadas a la firma del convenio? ¿Ya tenían pensado en una subida del 0,0% y como ya dedujimos algunos/as se quiso culpar al comité de la congelación salarial?


Desde la Comisión Deliberadora del Comité se les ha realizado las siguientes apreciaciones:

§         Sadiel es una empresa que ha tenido beneficios todos estos años y que éstos han evolucionado de una manera y los salarios de los trabajadores de otra.

§         Los trabajadores que se incorporan a Sadiel lo hacen cada vez en peores condiciones.

Y se le formula a la Dirección de la Empresa las siguientes preguntas:

a)       ¿Qué subida salarial plantea su propuesta para un trabajador que cobre 20.000 euros brutos al año? ¿Qué concreción práctica tiene su propuesta salarial?

b)        En el día de hoy se han notificado subidas salariales a algunos (muy pocos) compañeros y compañeras, ¿pueden indicarnos en base a qué indicadores, criterios o fórmulas se han calculado dichas subidas?



A la primera pregunta los representantes de la Dirección no han respondido, no sabemos si es porque no tienen propuesta – puesto que ya la han cambiado en dos ocasiones en estas dos semanas – o porque no quieren dar la respuesta ya que ésta sea CERO.

A la segunda pregunta han respondido que esta revisión se debe a promociones profesionales, expresando que han sido escasísimas, sin darnos a conocer indicadores ni criterios empleados.

GARANTÍAS DE EMPLEO.


La Comisión Deliberadora del Comité de Empresa ha expresado que tanto el Consejero Delegado de Sadiel (en Enero de 2011), como el posible futuro accionista mayoritario de SADIEL, han manifestado su compromiso por el  mantenimiento del empleo. En base a estos compromisos, la Comisión Deliberadora del Comité de Empresa  solicita que se  implemente en el I Convenio la cláusula propuesta por ella en el artículo 3 de la contraplataforma presentada por la Representación de la Empresa donde se especifica que si un juez cataloga un  despido como improcedente la elección entre la readmisión o la indemnización recaiga sobre el trabajador y no sobre la Empresa.

Estas cláusulas de Garantía de Empleo también están recogidas en  los Acuerdos Marco  cerrados en la Concertación Social entre patronal y sindicatos para el periodo comprendido entre 2.010 y 2.012.

Desde la Representación de la Dirección de la Empresa se rechaza dicha cláusula de garantía de empleo expresando los siguientes argumentos:

§          La Empresa no puede seguir recomendaciones de Acuerdos Marco, porque no está en buenas condiciones y la situación actual se lo impide.

§         Las causas de despido para la empresa son o que el trabajador no tiene la valía reconocida por la empresa o que no hay trabajo. Por ello, por parte de la Empresa se puede entender que el despido es improcedente y esto no sea compartido por un Juez, por lo que esta medida implicaría un incremento de costes no siendo bueno para la Empresa

§         Si se tiene menos negocio se tiene que retroceder en el Empleo.

§         Sadiel ha tenido experiencia en nearshoring, SDS, pero es posible que incluso llegue el momento que la Empresa tenga que hacer factorías Offshoring para poder alcanzar nuevos proyectos. Sadiel es una empresa de servicios TIC que se rige por las leyes del mercado.

Los hechos hablan por sí solos. La Dirección de la Empresa sigue:

-         sin entrar a negociar,
-         siendo ambigua y poco clara,
-         sin aportar la información que la ley determina, incluso haciendo caso omiso a un requerimiento de Inspección de Trabajo
-         sin aceptar ninguna medida de las propuestas por los trabajadores.
-         sin tan siquiera responder a las preguntas que se les formula en un intento de comprender la contraplataforma entregada.

Estos son los hechos. Este es el Sí a la negociación que plantea la empresa.

Juzga por ti mismo y decide:

-         si quieres avanzar hacia el I Convenio
-         si quieres descongelar tu salario
-         si quieres estabilidad en tu puesto de trabajo
-         si quieres garantía de empleo
-         si quieres no recuperar los festivos.
-         si quieres mayor conciliación familiar y laboral.
-         si quieres unas condiciones laborales dignas.
-         si quieres seguridad para ti y tu familia

Sean cuáles sean tus motivos, no dejes que te distraigan…

Haz huelga el 24 de Marzo, puesto que si no te mueves hoy te moverán mañana aquellos que te aplauden por no moverte hoy.

I CONVENIO JUSTO ¡YA!

Sevilla, 22 de Marzo de 2011
 COMITÉ DE EMPRESA DE SADIEL 

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